El Rey es el Jefe del Estado español. Su posición y sus funciones están reguladas por la Constitución Española de 1978, que define a España como una monarquía parlamentaria. En este sistema, el Rey representa al Estado, pero el poder político corresponde a las instituciones democráticamente elegidas por los ciudadanos.

El Rey no gobierna el país ni dirige la acción política. Esa responsabilidad corresponde al Gobierno de España, que debe contar con la confianza del Congreso de los Diputados. La función del Rey es principalmente institucional, representativa y de moderación dentro del funcionamiento del Estado.

Entre las funciones que la Constitución atribuye al Rey se encuentran sancionar y promulgar las leyes aprobadas por las Cortes Generales, convocar y disolver las Cortes en los casos previstos por la Constitución, convocar elecciones generales, proponer un candidato a la Presidencia del Gobierno tras las consultas con los representantes de los partidos políticos, nombrar al Presidente del Gobierno una vez ha obtenido la confianza del Congreso, nombrar y separar a los ministros a propuesta del Presidente del Gobierno, expedir los decretos aprobados por el Consejo de Ministros y ejercer el mando supremo de las Fuerzas Armadas con el alcance que establece la Constitución y las leyes.

El Rey también representa al Estado en las relaciones internacionales. Recibe a los jefes de Estado extranjeros, realiza visitas oficiales a otros países, acredita a los embajadores españoles y recibe las credenciales de los representantes diplomáticos de otros Estados. En estos actos representa a España, pero la política exterior es dirigida por el Gobierno.

Otra de sus funciones es participar en actos institucionales que simbolizan la continuidad del Estado, como la apertura de la legislatura, la entrega de despachos a nuevos jueces o militares, la concesión de honores y distinciones y la presencia en ceremonias oficiales de especial relevancia.

Aunque el Rey desempeña estas funciones, la Constitución establece importantes límites a su actuación. El primero es que no puede actuar por iniciativa política propia. Todas las decisiones que producen efectos jurídicos deben estar refrendadas por el Presidente del Gobierno o, según los casos, por un ministro o por el Presidente del Congreso de los Diputados. Esto significa que la responsabilidad política de esos actos corresponde a quien los refrenda y no al Rey.

El Rey tampoco puede aprobar leyes por sí mismo, vetarlas o modificarlas. Las leyes son elaboradas y aprobadas por las Cortes Generales. La sanción real es un trámite constitucional necesario para completar el procedimiento legislativo, pero no supone que el Rey decida el contenido de la ley.

Asimismo, el Rey no participa en el debate político cotidiano, no dirige la Administración, no aprueba los presupuestos, no dicta sentencias ni interviene en las decisiones de los tribunales. Tampoco puede sustituir al Gobierno ni al Parlamento en las funciones que la Constitución atribuye a estas instituciones.

La Constitución establece además que la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Al mismo tiempo, exige que sus actos oficiales sean refrendados por otras autoridades del Estado, precisamente porque son ellas quienes asumen la responsabilidad política y jurídica de esos actos.

La sucesión a la Corona también está regulada por la Constitución. El cargo de Rey se transmite de forma hereditaria dentro de la familia real según las reglas establecidas en el texto constitucional. Cuando se produce un cambio en la Jefatura del Estado, el nuevo Rey debe prestar juramento ante las Cortes Generales de cumplir la Constitución y respetar los derechos de los ciudadanos y de las comunidades autónomas.

En definitiva, el Rey desempeña una función institucional dentro del sistema democrático español. Representa la unidad y permanencia del Estado, ejerce las funciones que le atribuye la Constitución y actúa siempre dentro de los límites fijados por el ordenamiento jurídico. La dirección política del país corresponde al Gobierno y el poder legislativo a las Cortes Generales, mientras que el Rey ejerce una magistratura de carácter constitucional y representativo.